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LIDE 

Estimado cliente, le informamos que a partir del 1 de julio de 2008, por disposición oficial entrará en vigor la nueva Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), aplicable a los depósitos en efectivo en las cuentas bancarias.

Esta ley consiste en la recaudación de un impuesto de 3% (Tres por ciento) sobre la suma de los depósitos en efectivo en moneda nacional o extranjera, acumulados en todas las cuentas vigentes que Usted tenga en BanBajío, cuando dichos depósitos excedan los 15,000 pesos por mes calendario. Este impuesto será cobrado de manera automática por BanBajío, y será reportado directamente al Gobierno Federal.

Personas sujetas al cobro de este impuesto:

  • Personas físicas.
  • Personas físicas con actividad empresarial.
  • Personas morales.

Casos en los que no será aplicado este impuesto:

  • Cuando el monto de los depósitos en efectivo que reciban todas sus cuentas durante un mes calendario no exceda los 15,000 pesos.
  • Los depósitos recibidos mediante cheque o transferencias electrónicas.
  • Pagos electrónicos de nómina.
  • Pagos en efectivo hasta por el saldo del adeudo a tarjetas de crédito, créditos automotrices, hipotecarios o personales.

Ejemplo de cálculo del IDE

 Suma de los depósitos recibidos en efectivo, en el mes calendario del cálculo $26,000.00
 - Excento $15,000.00
 = Excedente $11,000.00
 * Tasa impositiva 3%
 = IDE que recaudará el banco $330.00

Si durante un mes calendario los depósitos en efectivo a sus cuentas en BanBajío fueran por un total de $26,000 pesos, el IDE se calculará únicamente sobre el monto excedente, en este caso sobre $11,000 pesos: El banco descontará de su cuenta 330.00 pesos por concepto de Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

BanBajío le entregará una constancia, la cual contendrá un resumen mensual y el acumulado que se dará a las personas que acrediten el pago de este impuesto. 

 

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